El gobierno de Javier Milei implementará un conjunto de medidas radicales para transformar la economía del país. Por cadena nacional, Milei dio a conocer 30 de un total de 300 medidas contenidas en el decreto de emergencia pública (DNU) 70/2023 que fue publicado la medianoche del 20 de diciembre en el Boletín Oficial bajo el título “Bases para la reconstrucción de la economía argentina”.
Por Ariel Armero
Estas reformas representan una inclinación clara hacia la liberalización económica y la disminución del control estatal en sectores clave. Mientras que los defensores argumentan que estas medidas impulsarán la competencia y la eficiencia, los críticos advierten sobre las repercusiones negativas, como la reducción del control estatal en áreas estratégicas y posibles desequilibrios en el mercado.
Además diversos sectores se han pronunciado también acerca de la legalidad de las medidas, ya que el DNU avanza sobre cuestiones legales que estan, constitucionalmente, en manos del parlamento nacional, lo que anticipa una serie de presentaciones judiciales contra aspectos puntuales de la reforma que se irán conociendo en las próximas horas.
En el segundo artículo del DNU, establece que se “promoverá y asegurará la vigencia efectiva, en todo el territorio nacional, de un sistema económico basado en decisiones libres, adoptadas en un ámbito de libre concurrencia, con respeto a la propiedad privada y a los principios constitucionales de libre circulación de bienes, servicios y trabajo”.
Y agrega que “Para cumplir ese fin, se dispondrá la más amplia desregulación del comercio, los servicios y la industria en todo el territorio nacional y quedarán sin efecto todas las restricciones a la oferta de bienes y servicios, así como toda exigencia normativa que distorsione los precios de mercado, impida la libre iniciativa privada o evite la interacción espontánea de la oferta y de la demanda”
Estas reformas, establecidas bajo un decreto de emergencia pública tendrán un impacto significativo en las políticas de comercio exterior y aduana, energía y transporte.
Para el sector portuario, logístico y del comercio exterior están incluidas dentro de las actividades esenciales los servicios de telecomunicaciones, incluyendo internet y comunicaciones satelitales, la producción, transporte y distribución de agua, gas y otros combustibles y energía eléctrica; la aeronáutica comercial y el control del tráfico aéreo y portuario, incluyendo balizamiento, dragado, amarre, estiva y remolque de buques; los servicios aduaneros y migratorios y demás vinculados al comercio exterior.
En tanto el decreto considera actividades de importancia trascendental las siguientes: Transporte marítimo, fluvial, terrestre y subterráneo de personas y/o mercaderías; industria alimenticia en toda su cadena de valor; la producción y distribución de materiales de construcción, servicios de reparación de aeronaves y buques, todos los servicios portuarios y aeroportuarios, servicios logísticos, actividad minera, actividad frigorífica, correos, distribución y comercialización de alimentos y bebidas, actividad agropecuaria y su cadena de valor y la producción de bienes y/o servicios de toda actividad, que estuvieran afectados a compromisos de exportación.
En lo que respecta al Comercio Exterior se limitaron los controles que puede ejercer la Aduana. Se estableció que cualquier prohibición o restricción a las exportaciones o importaciones solo puede realizarse por ley, eliminando la capacidad del Poder Ejecutivo de imponer restricciones económicas. Esto incluye la eliminación de los fideicomisos que regulan el precio del trigo y maíz, así como la supresión de los siete cortes vacunos de exportación, junto a otros registros, controles y cupos.
En materia energética se derogó el decreto que establecía los plazos y porcentajes de participación en el mercado de combustibles. El mismo decreto fijaba el porcentaje de participación de las compañías petroleras y/o proveedoras de combustibles como propietarias y/u operadoras del total de la red de estaciones de servicio que comercializan las marcas que sean de su propiedad. La Secretaría de Energía tiene la facultad de redeterminar la estructura de subsidios para la energía eléctrica y el gas.
Las medidas presentadas se enmarcan en los siguientes rubros:
1. Derogación de Leyes y Regulaciones
Ley de Alquileres, Ley de Abastecimiento, Ley de Góndolas, Ley del Compre Nacional: Estas derogaciones buscan reducir la intervención del Estado en el mercado inmobiliario, el comercio y la industria. Se espera que la eliminación de estas leyes aumente la eficiencia del mercado y la libertad de operación para las empresas.
2. Privatización
Privatización de Empresas Públicas y Modernización Laboral: Se propone transformar todas las empresas del Estado en sociedades anónimas para su posterior privatización. Además, se busca modernizar el régimen laboral para facilitar la generación de empleo.
3. Reformas en el Comercio y la Industria
Desregulación del Comercio y la Industria: Se plantea una amplia desregulación en estos sectores, eliminando restricciones a la oferta de bienes y servicios y normativas que distorsionen los precios de mercado.
4. Sector Energético y Transporte
Política de Cielos Abiertos y Desregulación en Transporte: Se implementará una política de cielos abiertos, promoviendo la competencia en el transporte aéreo. Se fomentará el crecimiento de la aviación civil bajo principios de libertad de mercado.
5. Reformas Económicas y Financieras
Modificación del Código Civil y Comercial: Se refuerza el principio de libertad contractual y se establece que las obligaciones en moneda extranjera deben ser canceladas en la moneda pactada.
6. Sector Salud y Farmacéutico
Medicina Prepaga y Obras Sociales: Se busca modificar el marco regulatorio de la medicina prepaga y las obras sociales, eliminando restricciones de precios y fomentando la competencia.
7. Otros Sectores
Internet Satelital y Turismo: Se propone desregular estos sectores para estimular la competencia y la innovación.
8. Reformas laborales
El decreto enumera una serie de actividades que considera esenciales o de importancia trascendental. Para las primeras se establece que en ningún caso se podrán tomar medidas que impliquen una cobertura menor al 75 %; en el caso de las actividades de importancia trascendental esta cobertura se reduce al 50%
Estas medidas, que abarcan una amplia gama de sectores, reflejan un enfoque de liberalización y reducción del papel del Estado en la economía que podrían acarrear desafíos en términos de equidad y control del mercado y tendrán un impacto considerable en la economía del país.