Por Ariel Armero//

En un movimiento estratégico, el presidente Javier Milei está considerando un decreto de necesidad y urgencia (DNU) que modificará la gestión de la Hidrovía Paraná-Paraguay. La Administración General de Puertos (AGP) dejará de conducir el proceso licitatorio, cediendo esta responsabilidad a la Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables (SPVN) bajo la órbita del Ministerio de Economía. Se anularía el Decreto 949/2020, del gobierno de Alberto Fernández, para poder separar el llamado en partes, dividiendo dragado, balizamiento y zonas de dragado. Se faculta la revisión del convenio actual para poder encarar obras de “mejora y adecuación” necesarias en la traza.

El DNU, que se encuentra en la mesa del presidente, establece en su artículo 3° que la SPVN será la encargada de convocar y adjudicar la Licitación Pública Nacional e Internacional para la modernización, ampliación, operación y mantenimiento del sistema de señalización y tareas de dragado de la vía navegable troncal. Este tramo comprende desde el kilómetro 1238 del Río Paraná hasta la Zona de Aguas Profundas Naturales en el Río de la Plata exterior, abarcando diversas rutas fluviales críticas para el comercio nacional e internacional.

Este nuevo decreto deroga el DNU 949/20 de la gestión anterior, que preveía una licitación internacional bajo un régimen de peaje sin aportes del Estado. Aunque se mantiene el modelo de riesgo empresario, el nuevo DNU introduce la posibilidad de dividir los contratos en tramos, permitiendo una mayor flexibilidad técnica y operativa en la ejecución de las obras.

Otra diferencia importante es la supresión del Ente Nacional de Control y Gestión de la Vía Navegable (ECOVINA), creado en 2021 para supervisar los contratos y licitaciones de la hidrovía. Este organismo, compuesto por representantes de la Nación y las provincias ribereñas, será reemplazado por la AGP en la confección de los pliegos y la supervisión de los contratos. Según el gobierno, esta medida busca evitar la duplicidad de funciones y mejorar la eficiencia administrativa.

Además, el DNU declarará como servicio público todas las actividades relacionadas con la navegabilidad de la Vía Navegable Troncal, limitando la acción de los gremios del sector y alineándose con el DNU desregulador 70/23 para evitar paralizaciones y acciones directas que puedan afectar el flujo comercial.

Desde abril de 2021, la licitación está suspendida, y las negociaciones incluyen a firmas estadounidenses y europeas, siendo los cuatro grandes del sector del dragado (Jan De Nul, Boskalis, DEME y Van Oord) junto a Great Lakes Dredge y Docks Company LCC, las principales interesadas.

El decreto también establece que la Administración General de Puertos continuará, hasta que se realice la licitación, a cargo de la hidrovía y se faculta a la Subsecretaria de Puertos para proceder a la “revisión integral del ‘Contrato de Concesión de la Vía Navegable Troncal‘ (IF-2021-82156590-APN-MTR) de fecha 2 de septiembre de 2021 suscrito con la ADMINISTRACION GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO, con la finalidad de simplificar su objeto y posibilitar la inmediata ejecución de las obras de mejoras y adecuación que garanticen el eficiente funcionamiento de la infraestructura concesionada, la optimización de las capacidades de uso y recarga de los buques y sistemas de transporte en sus distintos tramos, y el eficaz e inmediato traspaso de la concesión en favor de quien o quienes resulten adjudicatarios de la licitación”.