Por Ariel Armero, Globalports//
En una decisión clave, el Juzgado de Feria de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal rechazó una medida cautelar presentada por la empresa belga Dredging Internacional (DEME). La compañía buscaba suspender la Disposición DI-2024-34, emitida originalmente por la Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables antes de su disolución.
Tras la reestructuración administrativa, las funciones de este organismo, junto con las de la Administración General de Puertos (AGP), fueron asumidas por la Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPYN), que ahora gestiona la licitación para la modernización, ampliación, operación y mantenimiento de la Vía Navegable Troncal (VNT).
Argumentos de DEME
DEME argumentó que los requisitos del pliego licitatorio favorecían al actual concesionario, Compañía Sud Americana de Dragados S.A., perpetuando un monopolio de más de tres décadas y excluyendo injustamente a nuevos competidores.
La empresa también señaló que esta situación encarecía los costos para los usuarios y violaba principios de competencia y transparencia.
En su solicitud, DEME pidió la suspensión inmediata de la licitación hasta que se resolviera su impugnación administrativa, así como la eliminación de barreras que, según la empresa, dificultaban su participación.
Fundamentos de la decisión judicial
El tribunal evaluó el caso bajo los principios de verosimilitud del derecho, peligro en la demora y afectación al interés público. La resolución resolvió rechazar la medida cautelar argumentando lo siguiente:
- Presunción de legitimidad administrativa: El juez destacó que los actos de la Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPYN) gozan de una presunción de validez que solo puede ser desvirtuada mediante pruebas concluyentes. DEME no presentó evidencias claras de arbitrariedad o ilegalidad en el proceso.
- Ausencia de peligro irreparable: Se determinó que la empresa no acreditó un perjuicio concreto e irreparable, ya que el proceso licitatorio aún está en curso y la apertura de ofertas está prevista para el 12 de febrero de 2025. DEME conserva la posibilidad de participar y ejercer sus derechos dentro del marco administrativo.
- Impacto en el interés público: El tribunal enfatizó que la suspensión de la licitación podría afectar negativamente el mantenimiento y desarrollo de la VNT, una infraestructura crítica para el transporte fluvial y el comercio exterior en Argentina.
Relevancia de la decisión
El fallo refuerza la importancia de los principios de transparencia y competencia en los procesos licitatorios, pero también subraya la necesidad de garantizar la continuidad de servicios esenciales. Además, establece un precedente sobre los límites de la intervención judicial en temas administrativos técnicos.
Declaraciones del Poder Judicial
“La presunción de validez de los actos administrativos implica que toda decisión estatal debe considerarse ajustada a derecho salvo prueba en contrario. En este caso, no se han verificado irregularidades manifiestas en el pliego licitatorio que justifiquen una medida cautelar que afecte el interés público”, afirmó el tribunal en su resolución.
Próximos pasos
DEME podrá continuar sus reclamos en las instancias administrativas correspondientes o, en su caso, aportar nuevas pruebas para sustentar un eventual reclamo judicial de fondo. Por su parte, la Agencia Nacional de Puertos y Navegación avanzará con el cronograma previsto para la licitación, cuyo objetivo es garantizar la navegabilidad y competitividad de una vía clave para el comercio internacional del país.
Este caso refleja la complejidad de equilibrar intereses públicos y privados en el manejo de infraestructuras estratégicas, destacando la relevancia de mantener procesos competitivos y transparentes en beneficio del desarrollo económico y social de Argentina.