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En un comunicado oficial, la Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables ha informado la abrogación de la Disposición N° 23 del 3 de octubre de 2024, mediante la cual se establecía la obligatoriedad de contar con un Certificado de Cobertura OSRO (Oil Spill Response Organization) para todos los buques y convoyes de barcazas que transitarán por la Vía Navegable Troncal.

Dicha disposición, que entraría en vigencia 30 días después de su publicación, ha sido dejada sin efecto por la autoridad competente.

La Subsecretaría indicó que las circunstancias que motivaron la implementación de la medida han cambiado debido a la modificación del contrato de concesión entre el Estado Nacional y la Administración General de Puertos Sociedad del Estado. Esto ha generado un nuevo contexto que amerita la revisión de la normativa.

Asimismo, se subrayó que el principio de “contrario imperio” otorga a la autoridad la facultad de revocar decisiones anteriores cuando las circunstancias lo justifiquen.

En este caso, según informaron, se consideraron razones de oportunidad, mérito y conveniencia para proceder con la abrogación de la disposición, en sintonía con el ejercicio de las atribuciones legales conferidas.

La nueva disposición entrará en vigor a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina. Además, se ha instruido que esta información sea comunicada a la Administración General de Puertos, a las agencias marítimas registradas y sea debidamente difundida.

La medida fue tomada con la intervención de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía, la Dirección Nacional de Regulación Normativa de Transporte, y el servicio jurídico permanente, conforme a las disposiciones establecidas por la Ley N° 19.549 de procedimiento administrativo y el Decreto N° 50/2019.