La Prefectura Naval Argentina, junto a las Autoridades Marítimas Miembros del Acuerdo Latinoamericano sobre el Control de Buques por el Estado Rector del Puerto (Viña del Mar, 1992), participará de una Campaña de Inspecciones Concentradas (CIC) para supervisar la implementación y cumplimiento de las disposiciones del Convenio internacional sobre Normas de formación, titulación y guardia para la gente de mar de 1978 (STCW 78), en su forma enmendada, en los buques que recalan en los puertos de la región.
Se trata de una visita de control e inspección de los buques extranjeros para verificar el cumplimiento de las normas internacionales sobre seguridad y protección marítima, prevención de la contaminación y condiciones de vida y trabajo de la gente de mar; siendo un medio eficaz para exigir su cumplimiento en los casos en que el propietario y el estado de abanderamiento no hayan cumplido con su responsabilidad de implementar o garantizar el cumplimiento de las normas aplicables. El estado rector del puerto puede exigir que se corrijan las deficiencias y detener el buque para este fin si es necesario. Por lo tanto, también es una defensa del estado rector del puerto contra la visita de buques deficientes.
Se espera que la presente Campaña de Inspecciones Concentradas (CIC), acordada por el Comité del Acuerdo de Viña del Mar en su reunión de 2021, ayudará a sensibilizar a los propietarios, armadores, operadores y tripulantes sobre el cumplimiento de los requisitos específicos del Convenio y Código STCW 78.
La campaña sobre el Convenio STCW 78, que se ejecutará en forma simultánea con los Memorandos de Entendimiento de Tokio y París, tiene como objetivo confirmar que:
i. El número de tripulantes que presta servicio a bordo y sus títulos o certificados cumplen las disposiciones pertinentes del convenio y el código STCW 78 y los requisitos de dotación de seguridad aplicables según lo determine la administración del estado de abanderamiento.
ii. Toda la gente de mar que preste servicio a bordo, deba estar debidamente titulada o certificada de conformidad con el Convenio STCW 78, poseer un título o certificado apropiado o una dispensa válida, o presentar prueba documental de que se ha presentado una solicitud de refrendo de expedición o reconocimiento de título a la administración del estado de abanderamiento.
iii. La gente de mar a bordo posea un certificado médico válido, según lo exige el Convenio STCW 78.
iv. Los horarios de guardia y las horas de descanso indican el cumplimiento de los requisitos pertinentes del Convenio y Código STCW 78.
Esta campaña se llevará a cabo durante tres meses, a partir del 1 de septiembre de 2022 y finalizará el 30 de noviembre de 2022. Las inspecciones llevadas a cabo en el marco de la CIC serán aplicables a todos los buques y se realizarán junto con la inspección regular de supervisión por el estado rector del puerto. Un buque estará sujeto a una sola inspección bajo esta CIC durante el período en que se desarrolle la misma.
Si se encuentran deficiencias, las acciones del estado rector del puerto pueden variar desde registrar una deficiencia e instruir al capitán para que la subsane en un plazo determinado a detener el buque hasta que se hayan subsanado las deficiencias que motivaron la detención.
Los resultados de la presente CIC serán procesados en la base de datos del Centro de Información del Acuerdo (CIALA) y sus hallazgos y conclusiones serán presentados al Comité del Acuerdo para su análisis y difusión pertinente.
Cabe señalar, que el Acuerdo Latinoamericano sobre el Control de Buques por el Estado Rector del Puerto (Viña del Mar, 1992), es uno de los diez regímenes regionales de supervisión por el Estado rector del puerto que se encuentran operativos en el mundo y está conformado por quince Autoridades Marítimas Miembros y un Miembro Cooperador, cuya Secretaría y Centro de Información (CIALA) funciona desde sus inicios en el Edificio Guardacostas, sede de la Prefectura Naval Argentina.
Para mayor información, podrá consultarse al sitio web: https://alvm.prefecturanaval.gob.ar/